Por L.C. Yesica Nataly Nava Meza
La Carta Porte es más que un papel, es el respaldo legal que certifica la propiedad, posesión y transporte de bienes y mercancías en México. Este documento no solo guía el camino de los activos por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial, sino que también se convierte en un escudo contra posibles complicaciones legales.
Este complemento se sumerge en los detalles, abarcando desde la distancia recorrida hasta información sobre el remitente, el destinatario, el peso de la mercancía, la descripción de productos, el valor de la mercancía y más. Se trata de un conjunto integral que garantiza la trazabilidad y legalidad del transporte
La Carta Porte se suma a dos documentos esenciales: el CFDI de Traslado y el CFDI de Ingreso. Estos documentos acompañan a los bienes en su travesía y son esenciales para evitar problemas con las autoridades. La falta de este mecanismo de control puede resultar en multas y sanciones, considerando a los bienes como contrabando.
Tipos de CFDI y Excepciones:
- CFDI de Traslado: Emitido por el dueño de las mercancías al transportarlas, ya sea con vehículos propios o a través de intermediarios.
- CFDI de Ingreso: Lo emiten las empresas de transporte para informar a las autoridades que los bienes no les pertenecen, sino a un cliente que ha pagado por el servicio.
¿Quiénes están obligados a emitir una factura electrónica CFDI con complemento Carta Porte?
Si te dedicas a ofrecer servicios de transporte de bienes o mercancías y utilizas vehículos propios o arrendados, o si posees vehículos bajo cualquier estructura jurídica, y recibes compensación por estos servicios, es necesario que generes una factura electrónica de tipo ingreso con el complemento de Carta Porte.
En cambio, si eres propietario o poseedor de los vehículos y de los bienes o mercancías transportados en ellos, pero no obtienes ingresos por la transportación, la factura electrónica que debes emitir será de tipo traslado, incluyendo el complemento de Carta Porte.
¿Quiénes están exentos de emitir Carta Porte?
Algunos casos no requieren este documento, como quienes transportan bienes localmente en vehículos ligeros o empresas que realizan maniobras dentro de zonas federales. Siempre que el tramo federal a utilizar tenga una longitud que no supere los 30 kilómetros de distancia entre el punto de inicio y el destino final, considerando también los puntos intermedios del traslado.También, personas físicas que usan plataformas tecnológicas para traslados locales.
Convivencia Carta Porte:
Desde el 25 de noviembre de 2023, entra en vigor el Complemento Carta Porte 3.0, coexistiendo con la versión 2.0 hasta el 31 de diciembre de 2023. La transición completa se espera a partir del 1 de enero de 2024.
Sanciones y Multas:
El incumplimiento en el uso del Complemento Carta Porte no pasa desapercibido. Las multas van desde $400.00 hasta $93,330.00 pesos, dependiendo de la infracción. La detención de mercancía, cargos por contrabando y riesgos fiscales son consecuencias reales.
La Carta Porte no es solo un requisito, es un aliado en la gestión fiscal y logística. Mantenerse al tanto de sus actualizaciones y cumplir con sus requisitos es clave para evitar complicaciones. ¡Infórmate y transita con confianza en el mundo del transporte de bienes!